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CONCURSO DE ARTES PLASTICAS

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 https://mega.nz/megadrop/QK8sE9b4YfI 


TOMA EN CUENTA LAS REGLAS DEL CONCURSO:  DURACIÓN DEL VIDEO, ILUMINACIÓN, TEMÁTICA, MATERIALES, FECHA MÁXIMA DE ENTREGA, ETC.

DEBES TENER PRESENTE LA RÚBRICA CON LA CUAL SE EVALUARAN A LOS PARTICIPANTES Y GANADORES.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL CONSEJO ESTUDIANTIL

El Consejo Estudiantil es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación de los estudiantes.


 Art.   63.–   Consejo   Estudiantil. El Consejo Estudiantil está conformado por los representantes de los estudiantes, elegidos por votación universal, directa y secreta. Los candidatos a la representación estudiantil deben acreditar honestidad académica y altos niveles de rendimiento en sus estudios, de acuerdo con lo establecido en el Código de Convivencia de la institución educativa 


  1. Estar en 7mo, 8vo, 9no, 10mo, 1 Bach, 2 Bach, 3 Bach
  2. Ser una persona proactiva
  3. Tener la habilidad de trabajar en equipo y capacidad de tomar decisiones en colaboración con otros.
  4. Ser una persona que fomente la unidad con sus compañeros
  5. Tener madurez emocional
  6. Tener capacidad de resolución de problemas
  7. Tener la capacidad de contribuir a cumplir las responsabilidades del Consejo Estudiantil
  8. Reflejar los valores de la institución:

  • Respeto por sí mismo, con sus compañeros y docentes
  • Responsabilidad de actuar de manera coherente con sus valores y cumplimiento de sus obligaciones, o el cuidado al tomar decisiones o realizar algo.
  • Tolerancia para todas las opiniones, ideas y maneras de pensar y actuar
  • Solidaridad. Reflejar interés por la justicia y el bienestar de los demás y preocupación por crear un ambiente de equidad e inclusión.


Art. 74.– Atribuciones del Consejo Estudiantil. Son atribuciones del Consejo Estudiantil las siguientes:

  1. Promover   el   cumplimiento   de   los   derechos   y   deberes   de   los   estudiantes;
  2. Presentar,  ante  las  autoridades  del  establecimiento  educativo,  las  solicitudes  de oficio o a petición de parte que considerare necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes;
  3. Canalizar, ante las autoridades pertinentes, las quejas y reclamos que fueren presentados por los miembros de la comunidad estudiantil sobre supuestas transgresiones a los derechos de los estudiantes;
  4. Canalizar, ante las autoridades pertinentes, el trámite a sanciones a las que hubiere lugar cuando los estudiantes incumplieren sus deberes y responsabilidades; y,
  5. Apelar, ante el Consejo Ejecutivo, las decisiones del Rector o Director respecto de las peticiones que fueren presentadas por su intermedio.


 Art.  75.–  Deberes  del  Consejo  Estudiantil.  Son  deberes  del  Consejo  Estudiantil  los siguientes:

  1. Cumplir con el plan de trabajo que fue propuesto ante la comunidad estudiantil durante la campaña electoral;
  2. Canalizar, ante las autoridades pertinentes, el trámite que corresponda para velar por  el  cumplimiento  de  los  deberes  y  responsabilidades  de  los  estudiantes  y defender de igual forma los derechos que le asisten al estudiantado;
  3. Colaborar con las autoridades de la institución educativa en actividades dirigidas a preservar la seguridad integral de los estudiantes; y,
  4. Cumplir y promover el cumplimiento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, el presente reglamento y el Código de Convivencia de la institución educativa.


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